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¿Debo declarar a Hacienda las operaciones de venta que realice en Bit2Me?

Actualizado el Vie, 12 Ene, 2024 a 2:58 P. M.

En España las operaciones realizadas con criptomonedas tendrán el tratamiento fiscal de ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF. Por su parte, en caso de estar obligado a presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, las criptomonedas deberán declararse por su precio de mercado al 31 de diciembre de cada año, tal y como señala Hacienda en la Consulta vinculante V2679-21.

Las operaciones de venta, cambio por otras monedas, cambio por dinero FIAT, o el pago de bienes o servicios con criptomonedas, generarán una ganancia o pérdida patrimonial a declarar en el IRPF. Las pérdidas podrán llegar a ser compensadas con las ganancias de ese año, o los siguientes, si se cumplen determinadas circunstancias.

Los rendimientos por staking generarán un rendimiento del capital mobiliario, mientras que los rendimientos por minería de criptomonedas podrán generar un rendimiento por capital mobiliario o un rendimiento de actividad económica, en función de si se generan en el marco de una actividad empresarial o profesional.

El mismo tratamiento fiscal de la minería, tendrán las pérdidas y beneficios obtenidos con la compra o venta compra o venta de NFT.

Las criptomonedas deberán incluirse en la Declaración del IRPF en el apartado específico “Ganancias y pérdidas patrimoniales de transmisión y permuta de monedas virtuales por particulares”. Por si parte, los rendimientos por staking se declararán en el apartado “Rendimientos del capital mobiliario”.

En el caso de estar obligado a presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, las criptomonedas se informarán en la declaración de este impuesto en la casilla 46, que lleva por título “Saldos en monedas virtuales”.

En esta casilla, tendremos que rellenar los siguientes campos:

  • Porcentaje de la titularidad
  • Denominación o tipo de moneda virtual
  • Número de unidades
  • Valor en euros.

En caso de haber obtenido ganancias con las criptomonedas y no haberlas incluido en la declaración, Hacienda podría aplicar una sanción desde el 50% hasta el 150% de la cuota de IRPF que debería pagarse por esa ganancia. Además, si necesitas exportar la información de tus movimientos en Bit2Me, puedes consultar cómo hacerlo en el siguiente enlace.

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