Nuevas retenciones fiscales en Earn: ¿qué cambia y cómo te afecta?

Modificado el Mie, 15 Jul a 10:58 A. M.

Cambios en Earn: nuevas retenciones fiscales

Estamos actualizando Earn para adaptarlo al reglamento europeo de criptoactivos (MiCA). Con esta actualización, Earn se articula como un préstamo de criptoactivos que tú haces a Bitcoinforme, S.L. A cambio, recibes un interés. Como ese interés es un rendimiento sujeto a la normativa aplicable, a partir de ahora se le aplican retenciones fiscales.


¿A quién afecta este cambio?

De momento, solo aplica a usuarios que acepten o hayan aceptado T&C a partir del 1 de julio de 2026. 

Para los usuarios que ya tuvieran T&C aceptados previamente, la retención por ahora no aplica.


¿Sobre qué se aplica la retención?

La retención se aplica únicamente sobre los rendimientos que generan (el interés), nunca sobre el capital que has prestado. Ese principal se te devuelve íntegro cuando lo retiras.


¿Cuándo se aplica la retención?

La retención se aplica en el momento en que retiras tus fondos de Earn. Mientras mantengas tus fondos en el producto, no se aplica ninguna retención.


¿Qué porcentaje se retiene?

El tipo general de retención es del 19%. El porcentaje exacto depende de tu situación:

Tipo de usuarioQué retención se le aplica
Residente en España (persona física)19% siempre. No hay exención.
Residente en España (empresa)19% siempre. No hay exención.
Extranjero sin certificado válido19% por defecto.
Extranjero con certificado válido0% (residentes UE/EEE) o el tipo reducido de su convenio. Se aplica solo tras validar el certificado.


El importe retenido no es un cargo adicional de Bit2Me: es una cantidad que se ingresa a Hacienda en tu nombre y que podrás tener en cuenta en tu declaración de la renta.


No resido en España: ¿puedo reducir o eliminar la retención?

Sí, es posible, pero no de forma automática. Necesitas aportarnos un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad tributaria de tu país. Una vez lo verifiquemos, aplicaremos lo que corresponda:

  • Si resides en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia o Liechtenstein): retención del 0%.
  • Si resides en un país con convenio fiscal con España: el tipo reducido que establezca ese convenio, que a menudo es del 0% o del 10%. En este caso, el certificado debe estar emitido «a efectos del Convenio».


Sin un certificado válido, se aplicará el 19% por defecto. Aportar este documento es tu responsabilidad.


¿Cómo puedo enviar mi certificado de residencia fiscal?

Ponte en contacto con nuestro equipo de soporte y te habilitaremos un espacio en el Gestor documental para que subas tu certificado.

  1. Contacta con soporte para solicitar acceso al Gestor documental.
  2. Sube tu certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad tributaria de tu país.
  3. Espera la validación por parte de nuestro equipo.


El certificado tiene una validez de 12 meses desde su emisión. Pasado ese plazo, deberás aportar uno nuevo para mantener la reducción. No se admite un justificante de domicilio ni una declaración propia: debe ser el documento oficial emitido por la autoridad tributaria.


Si no estoy de acuerdo con el cambio, ¿qué opciones tengo?

Si no aceptas los nuevos términos, puedes retirar tus fondos. Dispones de un plazo para decidir si firmas las nuevas condiciones en la plataforma, retiras tu dinero, o nos pides ayuda para hacerlo. En ningún caso pierdes el acceso a tus fondos.






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