De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y con la normativa de la Unión Europea sobre diligencia debida, Bit2Me está legalmente obligada a identificar de forma fehaciente a las personas jurídicas, a sus titulares reales (UBO) y el origen de los fondos con los que pretenden operar.
La aportación de los documentos listados en este artículo constituye una obligación legal imperativa e inderogable para completar el proceso de alta corporativa (KYB - Know Your Business).
Requisitos básicos según la residencia fiscal de la empresa
Dependiendo de la residencia fiscal de tu empresa, deberás aportar una documentación distinta. Todos los documentos deben enviarse en color, en formato PDF y con buena legibilidad.
Empresas con residencia fiscal en España
- Escrituras fundacionales y modificaciones: copia de las escrituras de constitución debidamente inscritas en el Registro Mercantil, incluyendo cualquier escritura de actualización o modificación estatutaria posterior (por ejemplo, ampliaciones de capital, cambio de denominación, cambio de domicilio o nombramiento de cargos), en caso de que existan.
- Estructura accionarial (UBO): acta de titularidad real o certificación registral expedida por el Registro Mercantil.
- Acreditación de origen de fondos (Source of Funds): Modelos 200 (2025), 390 (2026) o 303 (2026). Alternativamente, se aceptan contratos con clientes y extractos bancarios que acrediten la titularidad de los fondos.
- Comprobante de domicilio: factura de servicios (agua, luz, internet) con una antigüedad inferior a 6 meses.
- Identificación oficial: DNI o pasaporte a color (ambas caras) de todos los socios con más del 25% de participación y administradores.
- Código LEI (Legal Entity Identifier): certificado del código LEI activo/vigente o justificante de solicitud. Es un requisito normativo para operar y puede tramitarse en el Portal Web LEI del Colegio de Registradores de España.
Casos especiales:
- Empresas de reciente creación (menos de 8 meses): se evaluará el capital social inicial basado en la primera operación.
- Empresas patrimoniales: se requiere la Declaración de la Renta (IRPF) de los socios.
- ONG / entidades sin ánimo de lucro: Modelo 182, declaración informativa o justificante de donaciones recibidas.
- Firmantes adicionales: copia de DNI/pasaporte y poder notarial o autorización firmada por el administrador.
Empresas dentro de la Unión Europea (diferentes de España) y fuera de la Unión Europea
- Constitución legal y modificaciones (Good Standing): escritura de constitución o estatutos sociales (Articles of Association / Bylaws), adjuntando cualquier enmienda o actualización societaria posterior si la hubiera.
- Acreditación de origen de fondos (Source of Funds): declaración fiscal anual del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio anterior, presentada ante la autoridad tributaria local. Como alternativa, se aceptan contratos firmados con clientes acompañados de un extracto bancario que acredite a la empresa como beneficiaria de los fondos destinados a operar.
- Comprobante de domicilio: factura o recibo de servicios (agua, luz, etc.) a nombre de la empresa con una antigüedad máxima de 6 meses.
- Identificación oficial: DNI o pasaporte (a color y por ambas caras) de todos los accionistas con más del 25% de participación (UBO), directores y firmantes autorizados.
- Código LEI (Legal Entity Identifier): certificado del código LEI activo/vigente o justificante de solicitud. Es un requisito especialmente exigido para empresas constituidas dentro del Espacio Económico Europeo, conforme a la regulación comunitaria.
- Firmantes adicionales (si aplica): copia de identificación oficial (a color, ambas caras) y poder notarial o autorización firmada por un director de la entidad.
Requisitos adicionales para sujetos obligados (Enhanced Due Diligence)
Si tu entidad está catalogada legalmente como sujeto obligado (Obliged Entity) en su jurisdicción, además de los requisitos básicos anteriores, deberás aportar la siguiente documentación para superar la diligencia debida reforzada (EDD):
- Registro ante la autoridad competente (AML / FIU / SEPBLAC): acreditación o prueba del registro de la empresa ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) en España, o ante la principal autoridad de lucha contra el blanqueo de capitales (FIU) en su país de constitución.
- Nombramiento de representante AML: documentación que designe formalmente y confirme el nombramiento de un representante responsable del cumplimiento normativo ante el SEPBLAC o la principal autoridad AML competente.
- Compliance Officer: nombre completo, datos e identificación de la persona responsable de organizar y garantizar el cumplimiento normativo en la empresa.
- Política de prevención de blanqueo de capitales (AML): copia completa del documento que detalle las políticas y procedimientos implementados para la prevención del blanqueo de capitales, incluyendo los procesos de identificación y verificación de clientes (KYC) y los mecanismos de monitoreo y supervisión de transacciones (KYT).
- Contrato KYC/KYT: contrato o facturas de las herramientas KYC y KYT que utiliza tu empresa.
- Informe de auditoría externa: copia del último informe de auditoría externa relacionado con el cumplimiento de la normativa AML.
- Documento de análisis de riesgos: documento que evalúe y detalle los riesgos asociados a las operaciones de la empresa y las medidas implementadas para mitigarlos.
- Registro VASP / CASP (si aplica): en caso de que tu empresa esté registrada como proveedor de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria o proveedor de servicios de activos virtuales, deberás proporcionar evidencia y pruebas de dicho registro.
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